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13 de junio de 2012

Entra en vigor Ley Anticorrupción en México

Miguel Ángel Pallares Gómez

Este martes entró en vigor la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, la cual establece sanciones de mil a 50 mil veces el salario mínimo o inhabilitación para participar en contrataciones públicas de tres meses a ocho años para personas físicas, así como multas de diez mil a dos millones de salarios mínimos o inhabilitación de tres a diez años para personas morales.


La nueva ley permite que las denuncias puedan llevarse a cabo por particulares, instituciones públicas, denuncias anónimas e internacionales, así como por otros medios. Además contempla confidencialidad a la identidad de los denunciantes y la reducción de sanciones al confesar su responsabilidad con el objeto de iniciar la investigación.

“Una vez iniciado el procedimiento administrativo sancionador a que se refiere esta ley, si el presunto infractor confiesa su responsabilidad sobre los actos que se le imputan, se le aplicará una reducción del cincuenta por ciento del monto de las sanciones que se impongan”, agrega el documento.

Asimismo, se obliga a los servidores públicos a informar sobre acciones corruptas u omisiones de las que tengan conocimiento durante su cargo.

Eduardo Bojórquez, director de Transparencia Mexicana, dijo que la nueva ley “actualiza el marco legal mexicano en función de lo que ya se había comprometido el estado mexicano en materia de control de la corrupción”.

Destacó que también se elevan las sanciones por cohecho y lo que se llama genéricamente corrupción en las licitaciones, pero “cuando el contrato es más amplio puede ajustarse hasta 30 por ciento del valor del contrato”.

Faltó
Consideró que la ley se quedó corta en dos temas: en primer lugar, sólo se aplica en el ámbito federal, es decir, regula a la administración pública federal y sus órganos desconcentrados, por lo que “en los estados seguirán rigiéndose por sus propias adquisiciones”.

“El otro faltante es que es una ley que se concentra en la parte administrativa e instruye a la Secretaria de la Función Pública como responsable, pero si ves las buenas prácticas internacionales en términos de regulación de las empresas existe lo que se llama responsabilidad penal de una empresa”, explicó.
Añadió que cuando existe responsabilidad penal las empresas son castigadas en sus utilidades y los directivos involucrados pueden llegar a la cárcel, mientras que en el caso de una multa administrativa los montos son menores y los directivos o funcionarios involucrados sólo son inhabilitados.
 

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